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El Departamento de Estado suspende la tramitación de solicitudes de visados de inmigrante para ciudadanos de 75 países

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El 14 de enero de 2026, el Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció una nueva política radical: la suspensión de la expedición de visados de inmigrante para los nacionales de 75 países, justificada por el hecho de que estas nacionalidades presentan un «alto riesgo de uso de prestaciones públicas».

A partir del 21 de enero de 2026, las oficinas consulares de todo el mundo seguirán entrevistando a los solicitantes de estos países, pero no les expedirán visados de inmigrante durante la suspensión. Este anuncio supone una de las restricciones más amplias en materia de visados de inmigrante basadas en la nacionalidad en la historia reciente de Estados Unidos.

¿Qué anunció el Departamento de Estado?

El aviso del Departamento de Estado, titulado Actualizaciones sobre la tramitación de visados de inmigrante para nacionalidades con alto riesgo de uso de prestaciones públicas“, afirma lo siguiente:

“El Departamento de Estado está llevando a cabo una revisión completa de todas las políticas, reglamentos y directrices para garantizar que los inmigrantes de estos [75] países de alto riesgo no utilicen la asistencia social en los Estados Unidos ni se conviertan en una carga pública.”

Como parte de esa revisión, el Departamento suspende la expedición de todos los visados de inmigrante a los solicitantes que sean nacionales de los 75 países mencionados hasta nuevo aviso. La suspensión de la adjudicación entrará en vigor el 21 de enero de 2026.

¿Cuáles son los 75 países afectados?

Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Birmania, Camboya, Camerún, Cabo Verde, Colombia, Costa de Marfil, Cuba, República Democrática del Congo, Dominica, Egipto, Eritrea, Etiopía, Fiyi, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán, Irak, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, República Kirguisa, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Macedonia del Norte, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay, Uzbekistán y Yemen.

Estos 75 países abarcan múltiples regiones, religiones y niveles de ingresos, e incluyen tanto a aliados como a adversarios de Estados Unidos. La notificación los califica colectivamente como «de alto riesgo» para el uso futuro de la asistencia social, pero no explica los datos o criterios subyacentes.

¿Qué es una visa de inmigrante?

Una visa de inmigrante es un sello expedido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos en una embajada o consulado estadounidense en el extranjero que permite a un ciudadano extranjero entrar en los Estados Unidos como residente permanente legal (“tarjeta verde” / “green card”).

Una visa de inmigrante es para la residencia permanente y es diferente de una visa de “noinmigrante,” que es un sello emitido en una embajada o consulado de los Estados Unidos fuera de los Estados Unidos que permite al ciudadano extranjero entrar en los Estados Unidos de forma temporal, con fines turísticos (B1/B2), de inversión o comercio (E1/E/2), trabajo profesional (E3/H1B/TN), trabajo cualificado (H2), estudios (F1), intercambio cultural (J/Q), traslado dentro de una empresa (L), entretenimiento o deportes (O/P), etc.

¿Qué es lo que se ha suspendido realmente?

Esta suspensión afecta a la expedición de visados de inmigrante (visados para la residencia permanente legal o “tarjeta verde”) a todos los solicitantes, incluidos los basados en la familia, el empleo, los visados de diversidad y muchas categorías especiales de inmigrantes, para personas que se encuentran fuera de los Estados Unidos.

Es importante destacar que los solicitantes de visados de inmigrante pueden seguir presentando solicitudes DS-260, enviando documentos al portal del Centro Nacional de Visados (NVC), programando entrevistas para visados de inmigrante y asistiendo a las entrevistas durante esta suspensión de la adjudicación. El Departamento de Estado ha suspendido la resolución final (es decir, la denegación o la aprobación) de estas solicitudes, no la aceptación de las mismas ni su tramitación. En la práctica, esto significa que muchos casos llegarán a la meta y luego quedarán en el limbo, a la espera de un cambio de política.

¿Quién está exento?

El anuncio solo establece una excepción clara:

  • Los ciudadanos con doble nacionalidad que soliciten con un pasaporte válido de un país que no figure en la lista anterior están exentos de esta pausa.

Esto significa que si usted tiene doble nacionalidad y al menos uno de sus pasaportes es de un país que NO figura en la lista, y solicita y tramita su visado de inmigrante con esa nacionalidad no incluida en la lista (utilizando ese pasaporte), entonces la pausa no se aplica en su caso.

No hay otras exenciones o excepciones enumeradas a la pausa indefinida en la adjudicación.

¿Cuál es el impacto en las visas de inmigrante para los ciudadanos de los 75 países que ya las han emitido?

El Departamento de Estado ha indicado que no se ha revocado ningún visado de inmigrante como parte de esta directriz. Por lo tanto, si su visado de inmigrante (el visado de inmigrante que figura en su pasaporte) ya se había expedido antes del 21 de enero de 2026, seguirá siendo válido, a menos que se revoque de forma independiente por alguna otra razón.

La admisión en el puerto de entrada de los Estados Unidos es una cuestión que compete al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) / Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), y no al Departamento de Estado, pero este anuncio no cancela por sí mismo los visados existentes.

Por precaución, si tiene una visa de inmigrante que ya ha sido emitida y es ciudadano de uno de los 75 países, debe intentar entrar en los Estados Unidos antes del 21 de enero de 2026.

¿Afecta esto a los visados turísticos y otros visados temporales (no inmigrantes)?

El Departamento de Estado ha declarado explícitamente que la suspensión se aplica específicamente a los visados de inmigrante y no afecta a los visados de turista (B1/B2), ya que se trata de visados de no inmigrante.

Aunque el Departamento de Estado no menciona las numerosas categorías de visados de no inmigrante, entre las que se incluyen los visados E-2, F-1, H-1/H-2, J, K-1, L, O, P, Q-1, R, etc., dado que todos ellos son visados de no inmigrante, se podría suponer que estos visados de no inmigrante no se ven afectados por la suspensión de la adjudicación, pero esperaremos a recibir más aclaraciones y orientación del Departamento de Estado para confirmarlo.

¿Qué es lo que aún no se sabe?

Muchas cosas.

¿Cuál es el impacto en las personas con casos o estatus pendientes en los Estados Unidos?

Aún no lo sabemos. Si bien el anuncio del Departamento de Estado no afecta a las solicitudes de residencia permanente legal a través del proceso de ajuste de estatus para los solicitantes en los Estados Unidos, aún no se sabe si el DHS emitirá un anuncio similar de una pausa en las adjudicaciones.

¿Cuál es el impacto en la adjudicación de otras categorías de visados de no inmigrante (E-2, F-1, H-1/H-2, J, K-1, L, O, P, Q-1, R)?

Aún no lo sabemos. Como se ha mencionado anteriormente, el Departamento de Estado sugiere que las solicitudes de visados de no inmigrante no están sujetas a la suspensión, pero solo confirma explícitamente que el visado de turista B1/B2 no se ve afectado por la suspensión de las resoluciones.

¿Duración de la suspensión?

No lo sabemos. La suspensión de la adjudicación anunciada el 14 de enero de 2026 es “indefinida.” No sabemos cuándo terminará.

¿Cuál es el impacto general en las familias, los empleadores y las comunidades?

Más allá del texto legal, el impacto humano y económico de este anuncio será considerable.

Inmigrantes de familia familiares

Los ciudadanos estadounidenses y los titulares de la tarjeta verde que patrocinan a cónyuges, hijos, padres o hermanos de estos 75 países verán congelados sus planes de reunificación tras años de espera.

Inmigrantes de empleo

Los empleadores con contrataciones permanentes en el extranjero de estas nacionalidades no podrán traer a esos trabajadores con visados de inmigrante durante la pausa. Algunos pueden cambiar de estrategia y optar por categorías temporales de no inmigrante (H-1B, O-1, etc.), cuando sea posible. Incluso para los trabajadores altamente cualificados con perfiles financieros sólidos, el país de nacimiento se convierte ahora en un factor determinante para la concesión de un visado de inmigrante.

Ganadores de la visa de diversidad (DV)

Las visas de diversidad también están sujetas a una pausa en la adjudicación anunciada por la administración Trump el 23 de diciembre de 2025.  No está claro cómo funcionarán conjuntamente las dos pausas en la adjudicación, pero la conclusión es que los seleccionados para las visas de diversidad de estos 75 países, en muchos casos, no podrán recibir sus visas de inmigrante dentro del año del programa si la pausa persiste. Dado que el programa DV tiene plazos fijos (las visas deben emitirse antes de que finalice el año fiscal), una pausa prolongada podría anular efectivamente su selección, incluso si la pausa se levanta posteriormente.

¿Qué deben hacer ahora los solicitantes afectados?

Para estrategias individuales, consulte a un abogado de inmigración cualificado o a un representante acreditado. Si desea concertar una consulta, póngase en contacto con Kolko & Casey, P.C.

Descargo de responsabilidad: Este blog tiene fines meramente informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes y políticas de inmigración cambian rápidamente. Consulte siempre a un abogado o representante acreditado para obtener asesoramiento sobre su situación específica.

Jennifer Casey

Jennifer Casey is Managing Partner at Kolko & Casey, P.C. Jennifer specializes in employment based and family based immigration matters.

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